Seguro para embarcacionesA quién en lo sucesivo se denominará como "La Compañía", la cual asegura a favor de la persona mencionada en la carátula, en adelante denominada "El Asegurado"; la embarcación cuyas características se describen en la carátula, de acuerdo con la solicitud suministrada por el Asegurado a la Compañía.
Dicha embarcación, por cuanto concierne a este Seguro, se valúa de común acuerdo entre la Compañía y el Asegurado en la cantidad que se determina como suma asegurada.
El avalúo comprende el Casco y la Maquinaria, los cuales constituyen unidos el valor convenido de la embarcación, y dicho valor servirá para el cálculo de primas y para el pago de siniestros.